SesiónPública

TRIJEZ RESUELVE DOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES SANCIONADORES RELACIONADOS CON VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO

En Sesión Pública, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas resolvió dos Procedimientos Especiales Sancionadores identificados con los números de expediente TRIJEZ-PES-002/2021 y TRIJEZ-PES-002/2022, ambos relacionados con Violencia Política contra las Mujeres en Razones de Género.

Por lo que respeta al expediente TRIJEZ-PES-002/2021, este fue iniciado por Nancy Harletl Flores Sánchez en contra de Gabriela Contreras Terrazas por hechos consistentes en Violencia Política contra las Mujeres en Razones de Género.

La actriz dijo en su escrito de queja que, derivó de la publicación que realizó la denunciada a través de las redes sociales CHANGE.ORG y Facebook, se ejerció violencia política en razón de género en su contra, puesto que a través de tales publicaciones, desde su perspectiva, se incentivaba y promovía el odio y rechazo a su persona así como la solicitud para su renuncia como regidora del Ayuntamiento de Zacatecas.

No obstante, el Pleno del Tribunal podrá declarar inexistente la violación reclamada, ya que a pesar de la existencia de comentarios realizados por el perfil de Facebook de la denunciada dentro de la publicación referida, los mismos no contenían expresiones u algún tipo de violencia hacía la figura pública o personal de la actriz.

Por otro lado, al resolver el expediente identificado con la clave TRIJEZ-PES-002/2022 en el que se denunció Violencia Política en contra de las Mujeres en Razones de Género atribuida al Presidente Municipal del Ayuntamiento de Cañitas de Felipe Pescador, las Magistradas y Magistrados que integran el Tribunal Electoral determinaron declarar la inexistencia de la infracción denunciada.

Lo anterior, pues de las pruebas contenidas en el expediente no se acreditaron los actos de violencia que motivaron la denuncia sino que de un análisis exhaustivo apegado al principio de juzgar con perspectiva de género, se prolongaron que dichas manifestaciones se encuentran amparadas por el derecho a la libertad de expresión e inmersas en un ejercicio de debate político inherente a los cargos públicos.

Las sentencias emitidas por el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas son públicas y se encuentran disponibles para consulta en www.trijez.mx

 

Publicado por Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas. 

TRIJEZ RESUELVE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN Y PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR RELACIONADO CON VIOLENCIA POLÍTICA

 

En Sesión Pública, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas resolvió un Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano, un Recurso de Revisión y un Procedimiento Especial Sancionador.

Por un lado, las Magistradas y Magistrados que integran el Pleno del Tribunal resolvieron el expediente identificado con la clave TRIJEZ-JDC-004/2022 promovido por Nicolás Castañeda Tejeda en su carácter de ciudadano y Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Encuentro Solidario, en contra de la falta de respuesta por parte de la Legislatura del Estado al escrito que presentó en el que solicitó la disolución del grupo parlamentario del otrora partido político nacional Encuentro Solidario.

Al respecto, el Tribunal prolongará que carecía de competencia material para resolver el fondo del Juicio Ciudadano porque la petición no es referente a cuestiones políticas electorales sino que se circunscribe en el ámbito de organización interna de la Legislatura. No obstante, se dejó a salvo los derechos del actor, a fin de que esté en posibilidad de aducir lo que estime procedente en la vía y forma que considere idónea.

Por otro lado, el Pleno del Tribunal resolvió un Recurso de Revisión identificado con la clave TRIJEZ-RR-003/2022 promovido por el Partido Encuentro Solidario Zacatecas para controvertir el acuerdo de desechamiento emitido por la Unidad de lo Contencioso Electoral del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas dentro del Procedimiento Ordinario Sancionador de clave POS/IEEZ/UCE/002/2022.

Las Magistradas y Magistrados determinaron revocar el desechamiento impugnado, lo anterior porque, en el caso concreto no se actualizó la causal de improcedencia prevista en el artículo 412 de la Ley Electoral y 60 del Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, relativa a la obligación de agotar la instancia partidista anterior a interponer la queja de Procedimiento Ordinario Sancionador.

Finalmente, las Magistradas y Magistrados resolvieron el Procedimiento Especial Sancionador identificado con la clave TRIJEZ-PES-001/2022, iniciado por Karen Betsabé Zapata Alba, Ana Carolina García y Paulina Acevedo Díaz, por la presunta comisión de violencia política contra las mujeres en razón de género, en su perjuicio.

Del estudio de las pruebas contenidas en el expediente, el Pleno prolongado sobreseer el procedimiento especial sancionador, respecto de la queja interpuesta por Karen Betsabé Zapata Alba y Ana Carolina García Espinoza, ante su desistimiento. Además, se declaró la inexistencia de la infracción atribuida al Presidente del Comité Directivo Estatal y Coordinador de Administración y Finanzas, ambos del otro partido político Encuentro Solidario relativo a la violencia política contra las mujeres en razón de género, en agravio de Paulina Acevedo Díaz, al no existen elementos para su acreditación.

 

 

 Publicado por Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas.

 

 

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